Aprobaron Ordenanza Municipal que beneficia a pacientes electrodependientes en Rio Grande
En el Concejo Deliberante de Rio Grande, Tierra del fuego, se aprobó una Ordenanza presentada por la Concejal Miriam “Laly” Mora, que adhiere a la Ley Nacional de personas Electrodependientes N° 27.351. Por Emilse Alvarado (*).
Con la presencia de padres y familiares de personas electrodependientes en el Concejo, se aprobó la Ordenanza Municipal que beneficia a personas electrodependientes en Rio Grande, causando mucha emoción en los presentes, debido a que esperan hace dos años que la Legislatura provincial trate la adhesión de la provincia de Tierra del fuego a la Ley Nacional. Si bien la aprobación de la Ordenanza Municipal les otorga los beneficios de la Ley, se sigue juntando firmas solicitando que la provincia adhiera para que todos los fueguinos accedan a sus derechos.
La Ordenanza aprobada presentada con N° 858/2018, menciona que la salud es un derecho fundamental ya que la Organización Mundial de la Salud la define como “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”, y tanto del individuo como de la colectividad. Que se denomina pacientes electrodependientes a aquellos que, por cuestiones de salud, necesitan en forma imprescindible de equipamientos y/o infraestructuras especiales de forma permanente y habitual para la preservación de la vida. Que se hace imperiosamente necesario que los pacientes electrodependientes obtengan las garantías suficientes, adecuadas y permanentes de obtener un servicio que satisfaga las especiales y particulares necesidades de asistencia a su condición en el ámbito de su hogar; por ese motivo es necesario llevar a cabo políticas públicas que busquen mejorar la vida de aquel sector social cuya dependencia absoluta a la energía eléctrica es una cuestión de vida o muerte.
La Ordenanza adhiere al régimen establecido en la Ley Nacional N° 27.351, publicada en el Boletín Oficial N° 3362 el día 17 de mayo de 2017, que establece la protección de las personas electrodependientes las que, por cuestiones de salud, requieren de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescripto por un matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o salud.
Reconoce que en el marco de la protección de los derechos para las personas que acrediten dicha condición, es necesario establecer la obligatoriedad de garantizar el servicio eléctrico en forma permanente, en el domicilio del titular del servicio o uno de sus convivientes, que se encuentre debidamente registrado, como así también un tratamiento tarifario especial gratuito de provisión de energía, a través del reconocimiento de la totalidad de la facturación del servicio público de provisión de energía eléctrica que se encuentre bajo jurisdicción local y la exención del pago de los derechos de la conexión.
Determina que la Autoridad de Aplicación de la Ordenanza será la Secretaría de Salud del Municipio de Rio Grande, quien tendrá la función de reglamentar la Ordenanza en el término de 30 días, crear el Registro de Electrodependientes. Gestionar los beneficios de la Ordenanza ante la Cooperativa Eléctrica de Rio Grande. Adecuar a través de las áreas municipales que correspondan, la infraestructura de la vivienda para la correcta inclusión del equipamiento. Desarrollar campañas de difusión, educación y concientización con el fin de promover los derechos de los electrodependientes.
Asimismo, el medidor del servicio eléctrico correspondiente a la vivienda de la persona electrodependiente beneficiaria, deberá estar identificado en forma visible con el isologo propuesto por el grupo de familiares de personas electrodependientes.
(*) Técnica Superior en Tecnología Industrial de los Alimentos
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