Ordenaron desmantelar un depósito de cadáveres en el centro de Ushuaia
La Justicia de Tierra del fuego dispuso el traslado de una gran cantidad de cadáveres que se encontraban en un galpón de la funeraria Ramón Oviedo a un depósito municipal en el cementerio Antiguos Pobladores “para garantizar condiciones de seguridad”, según hizo constar en sus escritos.
Como en la inspección realizada en la calle Campos N° 1.168 también se encontraron fallecidos por COVID, la Jueza María Cristina Barrionuevo ordenó al COE, que “en forma inmediata arbitre los medios necesarios para que se realice en el crematorio de la ciudad de Río Grande la correspondiente cremación a fin de evitar mayores riesgos a la salud de la población”.
Como corolario de la denuncia pública realizada por una vecina de la ciudad, Sandra Sena, expuso su desesperación ante el hallazgo de los restos de su padre, fallecido el 16 de marzo de 2020, en un precario galpón de la funeraria Ramón Oviedo, la Justicia tomó enérgicas medidas.
La Abogada Griselda Engelhard había impulsado una acción judicial en representación de Sena, ante el Juzgado de Instrucción N° 2 a cargo de la Jueza María Cristina Barrionuevo, exponiendo el caso particular de su clienta pero también el grave riesgo sanitario que implicaba la existencia de un cementerio improvisado a dos cuadras de avenida San Martín, en pleno centro de la ciudad capital.
Luego de enviar una comitiva de la División Policía Científica a realizar una inspección ocular del lugar, un galpón de chapa emplazado en los fondos de un terreno sito en la calle Gobernador Campos N° 1.168 usado durante muchos años para el albergue de colectivos de turismo, la magistrada tomó la decisión de ordenar el traslado de la gran cantidad de féretros con fallecidos en su interior allí encontrados, al depósito municipal del cementerio Antiguos Pobladores.
Si todo no era suficientemente grave y atentatorio contra la salud pública y pese a que el titular de la firma, Ángel Oviedo, le había manifestado a la denunciante Sena que en ese sitio solo había fallecidos NO COVID, la Policía encontró cadáveres de personas que murieron por coronavirus. Debido a ello, la magistrada le dirigió una urgente nota oficial al COE, Comité Operativo de Emergencia, en donde le ordenó que, “en forma inmediata arbitre los medios necesarios para que se realice en el crematorio de la ciudad de Río Grande la cremación de los cadáveres con causa de muerte por COVID 19, que se encuentren depositados en el inmueble sito en calle Gobernador Campos N° 1.168 de la ciudad de Ushuaia, a cargo de la empresa Ramón Oviedo Emprendimientos Mercantiles S.A., Ramón Oviedo Sepelios, conforme las previsiones de la Resolución M.S. Nro. 1389/20, ello, a los fines de evitar mayores riesgos en la salud de la población”.
Por la misma vía, la Secretaria del Juzgado de Instrucción N° 2 del Distrito Judicial Sur, Dra. Mercedes López Vega, dirigió una nota al titular de la Comisaría Cuarta para informar que, “por disposición de la Jueza Dra. María Cristina Barrionuevo, en la causa N° 34.501 se le ha requerido al señor Intendente de la Municipalidad de Ushuaia que en forma inmediata facilite un espacio dentro del Cementerio Municipal que funcione como depósito de los féretros con cadáveres con causa de muerte ajena al COVID-19 que se encuentran resguardados, algunos desde el mes de marzo del año 2020, en el inmueble sito en calle Gobernador Campos N° 1.168 de esta ciudad, a cargo de la empresa Ramón Oviedo Emprendimientos Mercantiles S.A., Ramón Oviedo Sepelios, y /o cuando resulte necesario a futuro, donde se garantice la seguridad de los mismos. Asimismo se requirió a la empresa de mención que realice y/o coordine con la Municipalidad de Ushuaia el traslado, en forma inmediata también, de los féretros mencionados hasta el depósito que facilite el Municipio en el cementerio municipal. A tal efecto se le deberá dar intervención a esa Comisaría a los fines de labrar acta de rigor y obtención de vistas fotográficas, quedando bajo exclusiva responsabilidad de la firma Ramón Oviedo Sepelios la adopción de las medidas que garanticen la identificación de aquellos en todo momento, durante el traslado y o estadía en el depósito en cuestión”.
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