Notifican a supermercados la prohibición del aumento indiscriminado de precios
El Municipio de Río Grande llevó a cabo el recorrido de las diferentes cadenas de supermercados y grandes expendedores de alimentos y artículos de primera necesidad, para notificar las medidas estrictas a cumplir, en el marco de los protocolos de acción establecidos ante la emergencia sanitaria producto del COVID-19 (Coronavirus).
Tales medidas, explícitas en el Decreto N° 468/20 dictado por el Gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; en el Decreto Municipal N° 667/20, de la Ordenanza Municipal N° 4086/19, y en la Ley de Defensa del Consumidor, establecen que:
- Es de carácter obligatorio respetar el sostenimiento del precio de los productos permitidos para su comercialización, se debe evitar el aumento indiscriminado del mismo. El incumplimiento de esta norma es pasible de sanciones importantes.
- Únicamente pueden comercializar los productos de primera necesidad determinados por la norma vigente, a saber: alimentos, bebidas, elementos de higiene personal, limpieza y veterinarios. Queda suspendida la venta de cualquier otro producto que no se encuadre en los mencionados precedentemente, para evitar la demora en los comercios y la competencia desleal con los establecimientos comerciales de la ciudad que han cerrado sus puertas.
- Garantizar los elementos constitutivos de la oferta de venta a clientes indeterminados, explicitando fecha de comienzo y finalización, modalidad, condiciones o limitaciones.
El incumplimiento de las medidas dispuestas, durante el transcurso de la emergencia sanitaria, dará lugar al cierre preventivo y/o a las sanciones que correspondan ante el caso.
Participó del recorrido el Secretario de Gestión Ciudadana del Municipio, Gonzalo Ferro, junto a su equipo de inspectores asignados para tal fin.
Dirección de Comunicación Institucional. Municipalidad de Río Grande.
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